Trabajar como vigilante de seguridad
El trabajo de vigilante de seguridad privada consiste en velar por la seguridad de personas, inmuebles, establecimientos, eventos y bienes materiales. Las empresas de seguridad en Barcelona, como Sentry, proporcionan a este personal contratado para vigilar, custodiar y proteger a sus clientes.
Este trabajo de vigilante de seguridad, se realiza como complemento o contribución a las funciones realizadas por los Cuerpos de Seguridad del Estado, aunque no son equiparables.
Consideraciones para trabajar como vigilante de seguridad
- Plantearse si es una profesión que encaja con el carácter y temperamento de la persona que lo quiere desempeñar.ara uno mismo
- Aprobar un curso homologado de vigilante de seguridad
- Obtener la tarjeta de identidad profesional o TIP al aprobar las pruebas de la Secretaría de Estado de Seguridad.
- Solicitar la TIP expedida por la Policía Nacional
Las características de la persona que desempeñe el trabajo como vigilante de seguridad deben ser:
- Poseer un gran autocontrol y alta tolerancia al estrés
- Asumir riesgos cada vez que se presenten, siempre y cuando no superen sus posibilidades reales.
- Tomar decisiones en situaciones difíciles.
- Tener capacidad de liderazgo, de diálogo y de persuasión
- Ser capaz de dialogar y persuadir
- Capacidad para trabajar en equipo
- Personalidad firme, responsable y dinámica.
Los requisitos para ser vigilante de seguridad
Están determinados por el Ministerio del Interior y se podrían resumir en los siguientes:
Ser mayor de edad.
- Poseer nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. También ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional.
- Tener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), de Técnico, u otros equivalentes o superiores.
- Realizar y superar un test psicotécnico.
- Presentar un certificado médico
- Carecer de antecedentes penales (por delito doloso).
- No tener condenas por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
- Carecer de sanciones en los 2 años anteriores por infracción grave o en los 4 años anteriores por infracción muy grave, en materia de seguridad privada.
- No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los 2 años anteriores.
- Presentar certificado del curso o cursos superados y realizados en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad.